Si tienes un negocio en Madrid y vas a contratar, hay dinero esperándote. La Comunidad de Madrid pone a disposición de empresas y autónomos subvenciones directas por cada nueva incorporación indefinida. El proceso es sencillo, pero los plazos son estrictos: tienes exactamente un mes desde el alta en la Seguridad Social del trabajador para presentar la solicitud.
Líneas activas en 2026
Contratación indefinida de personas de especial atención
Hasta 10.000 €Dirigida a empresas y autónomos que contraten indefinidamente (mínimo 75% jornada) a personas desempleadas con especiales dificultades de inserción. Máximo 10 contrataciones subvencionables por empresa y año.
| Perfil del trabajador | Importe |
|---|---|
| Mayor de 30 años, desempleo larga duración (≥360 días) | 5.500 € |
| Entre 45 y 54 años en situación de desempleo | 5.500 € |
| Mayor de 30 años, desempleo muy larga duración | 7.500 € |
| Mayor de 45 años, desempleo larga duración | 7.500 € |
| Mayor de 55 años | 10.000 € |
| Municipio rural de menos de 5.000 habitantes | + Incremento adicional |
Contratación de jóvenes — Garantía Juvenil
Hasta 8.000 €Para la incorporación estable de jóvenes menores de 30 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. La cuantía base puede incrementarse con varios complementos acumulables.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Base — contrato indefinido jornada completa | 5.500 € |
| Complemento mujer | + 500 € |
| Cargas familiares (hijos menores) | + 500 € |
| Familia numerosa | + 1.000 € |
| Autónomo — primer empleado | + 2.000 € |
| Empresa Startup reconocida | + 1.000 € |
Contratos formativos y centros especiales de empleo
1.440 €/añoDos modalidades adicionales: contratos formativos para jóvenes sin cualificación (exentos de cotización a la Seguridad Social durante su vigencia) y ayudas para centros especiales de empleo que contraten personas con discapacidad.
| Modalidad | Beneficio |
|---|---|
| Contratos formativos — jóvenes sin cualificación | Exención cuota SS + ayuda directa |
| Centros Especiales de Empleo — discapacidad | 1.440 € anuales por trabajador |
El plazo que no puedes perder
Tienes exactamente un mes desde el alta en la Seguridad Social del trabajador para presentar la solicitud. Si se supera este plazo, la solicitud es inadmitida aunque se cumplan todos los requisitos. Las ayudas se conceden por orden de entrada hasta agotar los fondos disponibles.
Requisitos generales para la empresa
- Estar al corriente de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social
- Tener el centro de trabajo en la Comunidad de Madrid con código de cuenta de cotización madrileño
- Ser autónomo, empresa o entidad sin ánimo de lucro con sede en España
- Mantener el puesto de trabajo creado durante un mínimo de 12 meses
- No haber sido sancionado por despidos improcedentes en el mismo puesto
- El trabajador debe estar inscrito como demandante de empleo el día anterior a la contratación
- Contrato formalizado por escrito, usando el modelo oficial del SEPE
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